miércoles, 26 de noviembre de 2008

La eutanacia coom derechco a la libertad

El derecho a la vida como tal se encuentra establecido por la Asamblea General de Naciones Unidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH): Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona (artículo 3); y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente (artículo 6.1); además, una mayoría de modernas Constituciones lo consagran como derecho fundamental en sus respectivos países.
En la DUDH cabe observar que en el mismo artículo se consagran tres derechos a la vez, y su proximidad debe hacernos reflexionar sobre su relación profunda, en particular en la que existe entre el derecho a la libertad y el derecho a la vida. Son los que la eutanasia voluntaria confronta: vivir, o disponer de la vida propia en un sentido diferente. Esta libertad es una facultad natural del hombre para obrar con respecto de la continuidad o no de su vida; una prerrogativa de hecho que incluso éste ejerce cuando está sano, puesto que el suicidio es una realidad social cada vez más presente.
En la eutanasia[1] se trata generalmente de una persona enferma –en estado de lucidez- que sufre, cuyas condiciones de vida son insoportables a causa del dolor, la inmovilidad u otros factores que no pueden aliviarse, y que indefectiblemente morirá a causa de su enfermedad ya determinada como irreversible. Su derecho a la vida es incontestable y, de hecho, la mayor parte de las personas en ese estado decide vivir, aún en los pocos países en los que la eutanasia está permitida. Deciden porque tienen un derecho, el de la libertad. Libertad y derecho son términos próximos, con ellos nos referimos a facultades o aptitudes del ser humano. Pero derecho y deber son términos antitéticos: si bien aún ante el deber la persona sigue teniendo su esfera de libertad de hecho –puede cumplir con su deber o no, éste es una obligación y no cabría, legítimamente, no cumplirlo. Lo que consagran los textos legales es el derecho a la vida, no el deber. No existe en el Derecho, como orden jurídico, el deber de vivir.
Y aún si existiera una hipotética obligación a permanecer con vida, cabría preguntarse si esto incluye la vida en cualesquiera condiciones. Las raíces del debate en torno a la eutanasia[2] se hunden en un derecho no consagrado explícitamente, pero implícito en el de libertad: el derecho a una muerte digna. La dignidad significa decoro y aquí es necesario relativizar el término, porque hay tanto de ella en el que elige vivir y morir entre sufrimientos intolerables como en quien decide morir porque el dolor y las circunstancias de su enfermedad afectan lo que considera decoroso. Y hay dignidad en ambas posturas porque son fruto de la libertad de elegir, porque es la libertad la que dignifica, la que humaniza.
Esta libertad podría ser ejercida previamente por el enfermo que sabe con certeza que más adelante no podrá ser capaz de ejercitarla por sí mismo a través de la aplicación de la figura del testamento vital, en el cual deja constancia por anticipado de cuál es su voluntad con respecto a sí mismo en casos extremos futuros. En España se ha dictado al respecto la ley 41/ 2002, en la cual se considera lo que da en llamar “documento de instrucciones previas”, que no puede ser aplicada porque requiere de la creación de registros autonómicos que aún no existen[3].
El Derecho Internacional debería quizás reconocer abiertamente lo que la libertad de la persona incluye, ya que en numerosas ocasiones ha sido el promotor de discusiones y legislaciones que jamás se hubieran producido en algunos países, que sólo obligados por las presiones internacionales –a las que consideran con más cuidado que a las propias presiones internas, han aceptado discutir ciertos temas.
El caso reciente de Madeleine Z. ha vuelto a descubrir las carencias del sistema legal español y, por analogía, el de casi todos los sistemas jurídicos. Mientras en los sondeos de opinión una clara mayoría se pronuncia a favor de la eutanasia regulada, la descriminalización de la ayuda al ejercicio de un derecho humano, la libertad, se hace esperar demasiado.

1 comentario:

Vértice Anáhuac dijo...

http://nuestrapobreza.blogspot.com/

este es nuestro link compañeritos.. sorry qe nos perdimos.. problemas tecnicos de su servilleta